¡De la Constitución a la Realidad hay Mucho Trecho!
¡De la Constitución a la realidad hay mucho trecho!
Peter Hartmann, Coordinador Coalición Ciudadana por Aisén Reserva de Vida – 31-10-2018
“Art. 19, 8º.- El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente;” (Constitución Política de la República de Chile)
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A más de alguien esta parte de nuestra Constitución le causara una sonrisa amarga. Eso del “derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación” ya es bastante conocido y los humanos afectados en teoría se pueden defender, lo del “deber del Estado” un tanto menos, incluso por buena parte de organismos del propio Estado. Y eso del deber del Estado en tutelar la preservación de la naturaleza, aún menos. Aparte que la naturaleza no tiene mucho como defenderse legalmente. ¿Y lo de que se podrá establecer restricciones para proteger el ambiente? Así dice el papel.
Y ahora la realidad, consistente en que tenemos una interesante polémica sobre contaminación minera, existente y potencial por la minería, que por lo visto se viene en masa, especialmente en la cuenca del Lago General Carrera. Los mineros se defienden en que no contaminan y en Chile Chico a su vez denuncian la contaminación del lago por alcantarillado. ¡Si en las narices de las autoridades competentes ya hay contaminación; imagínense el resto! Y para remate, la culpa de esa contaminación según la denunciante, la tenían los ecologistas “que hacían nada”.
Y esa polémica es parte de otra mayor y que tiene que ver con la minería y el Parque Patagonia. También, con que el terreno fiscal que le están restando al parque para pasárselo a la Equus Mining está en un Sitio Prioritario de Conservación de la Biodiversidad que se apellida “Estepas del Jeinimeni-Lagunas Bahía Jara”. Pues, este terreno era la oportunidad de agregarle algo de estepa al parque y protegerla efectivamente. Porque la Reserva Nacional Jeinimeni, si la ven en un mapa, se percatarán que prácticamente no incluye valle, agua, ni estepa. Y no sería la única área silvestre protegida que consiste en el remedo de lo que quedo tras sacarle todo cuanto le interesase a los sectores productivos del momento. El turismo aun no era opción y mirando el mapa de la ZOIT Chelenko, parece ahí no se han percatado aun de los tremendos valores que tienen y podrían tener en el Jeinimeni. En todo caso, la biodiversidad de esa estepa, al menos a simple vista, está bastante a maltraer. Así, quedan por ahí algunos manchones de cactáceas endémicas en peligro de extinción y algunas martinetas, también en peligro, refugiándose tras el cerco del aeródromo y basural de Chile Chico. Guanacos y ñandúes, típicos de ese ecosistema no vimos. Y en cuanto a las Lagunas de Bahía Jara, el propio Servicio de Evaluación y Comisión Ambiental Regional hicieron de todo para aprobar una Declaración de Impacto, cuando por ley correspondía Estudio, del proyecto de la Mandalay Resorces para “almacenar las aguas de la mina Javiera en la Laguna Salitrosa”, una de esas lagunas de Bahía Jara. ¿Entonces de que sirve priorizar lugares para conservar la biodiversidad si el Estado ese que debe tutelar por su preservación hace lo contrario: dejar esa biodiversidad a merced de intereses mineros? Y claro, la respuesta es como lo dijo el ministro de Bienes Nacionales, que “la minera deberá cumplir con la ley y hacer su evaluación ambiental”, esa que el propio servicio responsable y la Comisión Ambiental Regional presidida por la Intendenta, se encargan de bajarle el perfil y aprobarle solícitamente.
Leyendo la Declaración Ambiental del almacenamiento del agua de la mina Javiera, (aguas provenientes del fondo de la mina, no aquellas de las que entregan su calidad), entre otros aspectos que nos llamaron la atención y que es un vicio del sistema, es que lo que se evalúa es sobre una línea base de un ecosistema bastante alterado, o sea, evidentemente ahí será difícil encontrar tremendos valores ecológicos. Nos parece que en estos casos se debe evaluar sobre el ecosistema original y potencialmente recuperable, el que por lógica va a contar con mucha más biodiversidad que la que se aprecia ahora. Y para esa recuperación se supone es la priorización del sitio de conservación. Ese que están haciendo como que no existe. Por lo demás, Chile ha suscrito y ratificado el Convenio para la Diversidad Biológica; o sea, además hay un compromiso internacional.
Entonces, en resumen, lo que queremos decir es que no solo está en juego y parece haberse convertido en letra muerta nuestro derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, sino también el deber del Estado en velar porque ese derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.